El cuidado del agua con tecnología en la Industria Minera

La industria minera tiene impacto en las condiciones físicas iniciales del medio hidrológico, puesto que trabajan en varios niveles de suelo y subsuelo llegando a las aguas subterráneas. Entonces el gran reto de esta Industria es ¿cómo cuidar el recurso hídrico con tecnología para preservar el Medio Ambiente?

El principal reto de la Industria con respecto al tema del agua es tomar medidas de carácter medioambiental para preservar los recursos hídricos en las zonas de influencia, pues según la Ley 373 de 1997 decreta que “Todo plan ambiental regional y municipal debe incorporar obligatoriamente un programa para el uso eficiente y ahorro del agua”.

Aunque  las industrias mineras y petroleras solo utilizaron para su operación 1.248 millones de m³ de agua en conjunto, aproximadamente el 5.63% de lo que utilizaron otras actividades como las agropecuarias y piscícolas según el Estudio Nacional del Agua (ENA) 2018, todas las organizaciones de esta industria deben promover el uso eficiente de este recurso en sus actividades implementando procesos para reciclar el agua por medio de nuevas tecnologías, tratarla y luego reutilizarla teniendo cuidado del manejo del recurso hídrico subterráneo; cabe anotar que éste representa más del 30% de las reservas de agua dulce del planeta y es  un recurso del subsuelo que se clasifica como una alternativa muy útil para los procesos agroindustriales, de hidrocarburos y lógicamente los mineros y se utiliza principalmente para abastecimiento doméstico, uso industrial y riego. 

Teniendo en cuenta el cumplimiento ambiental que la Industria debe adoptar en sus procesos, le compartimos la legislación vigente:

  • Ley 373 de 1997: establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua”.
  • Decreto 2811 de 1974: se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
  • Decreto N° 1541 de 1978: el cual define las regulaciones para la explotación de las aguas subterráneas y obliga a la obtención de concesión para la explotación del RHS.
  • Decreto N° 1594 de 1984: el Ministerio de Salud define los procedimientos sancionatorios aplicables al RHS.
  • Decreto N° 155 del 2004 del MAVDT: define la metodología para determinar la tasa por uso de las Aguas Subterráneas.
  • Decreto 1640 de 2012: reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución N° 815 de 1997 SDA: en la que se obliga a implementar un sistema de medición para la explotación del RHS.
  • Resolución N° 250 de 1997 SDA: se obliga a la determinación anual del los niveles estáticos y dinámicos y el monitoreo fisicoquímicos de las aguas subterráneas.

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